lunes, 7 de noviembre de 2011

Nuevos lineamientos para el trámite de reclasificación para el cobro del servicio de agua

Nuevos lineamientos para el trámite de reclasificación para el cobro del servicio de agua:


En los nuevos lineamientos para el trámite de reclasificación para el cobro del servicio de agua, la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal (SFDF), debe abstenerse de exigir requisitos adicionales a los establecidos en el Código Fiscal del Distrito Federal (CFDF), y sujetarse a lo estipulado en los artículos 172, fracción V y Vigésimo Quinto Transitorio, en tanto no se reforme la ley.
El diputado del PAN, EN LA Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), Mauricio Tabe Echartea, señaló que desde hace un mes, la Secretaría de Finanza, emitió un documento denominado “Sistema de Reclasificación de Índice de Desarrollo”.
En este documento exige como nuevo requisito, un Estudio Socioeconómico expedido por el órgano político administrativo correspondiente a la demarcación donde se ubique el predio en cuestión.
Señaló que es indispensable efectuar las modificaciones legislativas conducentes antes de solicitar como requisito obligatorio este estudio que, si bien las delegaciones realizan de manera gratuita en un periodo aproximado de ocho días, representa un paso adicional al procedimiento legalmente establecido.
Consideró importante discutir en este periodo ordinario la posible inclusión del estudio socioeconómico como un requisito opcional, a fin de soportar la solicitud y facilitar al contribuyente el trámite de reclasificación.
Sostuvo que, si bien las delegaciones están facultadas para la realización de estudios socioeconómicos, no son, los únicos entes autorizados, ya que dependencias como la Secretaría de Desarrollo Social, las secretarías de Educación, local y federal o el DIF, podrían incluirse en el trámite.
Subrayó que estas modificaciones deben priorizar la agilización del trámite, y no convertirla en una más de las gestiones burocráticas y tortuosas que los ciudadanos tienen que enfrentar dentro de la administración pública.
Recordó que el artículo 172, fracción V del Código Fiscal, actualmente establece que para la realización del trámite, la Tesorería contará con un formato único de solicitud de reclasificación de manzana, en el cual el solicitante debe aportar los datos consistentes en el número de cuenta predial, número de habitantes en la vivienda, ocupación y salario mensual.
Por lo que reiteró la importancia de que la SFDF, se acote a solicitar los requisitos establecidos en la ley, y presentar las reformas necesarias para legalizar nuevos requisitos que faciliten el trámite y brinden un mejor servicio al contribuyente.
Edmundo Olivares Alcalá

No hay comentarios:

Publicar un comentario