
El Gobierno de la Ciudad de México esta dentro de la legalidad y el derecho de otorgar a los establecimientos de bajo impacto un periodo de gracia para no ser verificados, para que pongan sus documentos en regla y no sean objeto de falsas verificadores o de actos de corrupción, indicó el Vicepresidente de la Comisión de Fomento Económico de la ALDF, Víctor Hugo Romo Guerra.
Aseguró que los señalamientos que acusan que en el DF sobre la existencia de negocios “intocables”, carecen de fundamentos, debido a que la Ley de Procedimientos Administrativos del DF, otorgan facultades al Gobierno local para impulsar la economía de la Ciudad y castigar todo acto de corrupción en materia de establecimientos mercantiles.
Refirió que el artículo 105 bis de la Ley de Procedimiento Administrativo del DF, y que fue aprobado en el pleno el pasado 20 de diciembre del 2010, le permite al GDF otorgar este periodo de gracias a los comercios de bajo impacto para fortalecer este sector económico.
El artículo 105 bis dice a la letra: La Secretaría de Gobierno, con la opinión de las secretarías de Desarrollo Urbano y Vivienda y de Desarrollo Económico, emitirá en el mes de diciembre, el acuerdo de los giros, actividades y obras que no serán objeto de verificación en el año siguiente al de la emisión de dicho acuerdo.
Por esta razón, son falsos los señalamientos que indican que el GDF no cuenta con facultades para la autorización de un periodo de gracia. Además los comercios autorizados pertenecen al concepto de economías de supervivencia, la cual esta creada para otorgar una oportunidad de ingresos a miles de capitalinos desempleados o de bajos recursos, y que requieren fortalecer su economía familiar.
Es necesario dejar en claro que en ningún momento se está autorizando o permitiendo que se abra la puerta a que bares, discotecas o antros estén libres de verificación, al contrario existe una mayor restricción a este tipo de negocios que no son de bajo impacto indicó Romo Guerra.
El legislador indicó que sólo aquellos establecimientos que están bajo el programa de regularización del uso del suelo de establecimientos mercantiles de hasta 100 m² de superficie construida de bajo impacto urbano son lo que están contemplados, por ejemplo: abasto y almacenamiento; venta de productos básicos y de especialidades, estamos hablando de: pollerías, molinos, carnicerías confiterías.
Francisco Medina
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